Micelio
Auto30 de abril de 2025

A- de 2025

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Garcia Duque Silvio·Demandado Ministerio De Trabajo Y Otro

Tema · dato duro
Demanda De Nulidad Del Acta De Conciliación Extrajudicial Suscrita Ante Una Inspectora De Trabajo, Por Presuntas Presiones E Intimidaciones Ejercidas Por La Funcionaria Y Una De Las Partes Del Extremo Laboral.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Nulidad de acta de conciliación originada directa o indirectamente del contrato de trabajo
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 010 Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 001 Administrativo de Cali, suscitado por una demanda de nulidad de acta de conciliación extrajudicial presentada por un ciudadano, mediante la cual pretende que se declare la nulidad de un acta de conciliación que él y una ciudadana suscribieron ante una inspectora del trabajo porque aduce, está viciada de nulidad pues la suscribió mediante la fuerza, por intimidación que sufrió por parte de la inspectora de trabajo y la contraparte.

Cumplidos los presupuestos de configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena encuentra que la conciliación se relaciona con asuntos relativos al derecho laboral; quienes llegaron al acuerdo conciliatorio eran particulares transando sobre cuestiones que tocaban con su esfera patrimonial privada y que no ejercían funciones administrativas; no fue extendida por un agente del Ministerio Público, sino por un funcionario de la Rama Ejecutiva; y no fue aprobada por un juez de lo contencioso-administrativo.

De esta manera, dado que ninguna ley le atribuye expresamente el conocimiento de estos asuntos a otra jurisdicción, siguiendo la regla de decisión del Auto 612/23, en virtud de la cláusula general de competencia contenida en el artículo 15 del CGP, y conforme el artículo 2.1 del Decreto-Ley 2158/48, la jurisdicción ordinaria laboral es competente para conocer, como en este caso, las demandas de nulidad de actas de conciliación cuando el acuerdo conciliatorio verse sobre conflictos que se originen directa o indirectamente en el contrato de trabajo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Jurisdicción de lo contencioso-administrativo y la Jurisdicción Ordinaria Laboral, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la "demanda de nulidad de acta de conciliación extrajudicial" que presentó el señor Silvio García Duque le corresponde a la Jurisdicción Ordinaria Laboral.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-6242 al Juzgado 010 Laboral del Circuito de Cali, para lo de su competencia; y para que, en la etapa procesal que corresponda, le comunique esta decisión al Juzgado 001 Administrativo de Cali y a las partes y sujetos procesales interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.